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"Abogado Francisco Cuello Duarte, experto en derecho electoral" |
Tomado por Diario del Norte
El abogado
Francisco Cuello Duarte, experto en derecho electoral, al ser consultado sobre
si aquellos candidatos que recogieron firmas para inscribirse por un grupo
significativo de ciudadanos y simultáneamente obtuvieron aval por otros
partidos, incurrirían en doble militancia, expresó que tales hechos no
constituyen doble militancia al tenor de los dispuesto en la Ley 1475 del 2011,
y añadió: “Según el artículo 107 de la Constitución política, los ciudadanos
tienen libertad de afiliarse o retirarse de un partido político”.
“Ahora
bien, existen ciertas condiciones que establece la Ley, como cuando un
candidato es elegido por un determinado partido o movimiento político, lo cual
le impide cambiar de partido mientras ostenten su investidura, y si lo quieren
hacer, deberá renunciar a su cargo con 12 meses de anticipación antes de
inscribirse por otra colectividad”.
La mencionada
Ley 1475 del 2011 en su artículo 29, según el abogado Cuello Duarte, permite
que un candidato obtenga el aval de varios partidos o movimientos políticos,
como candidatos de coalición.
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