28 de noviembre de 2020

Informó la entidad financiera al Comité de Orden Público de La Guajira. Banco BBVA “se abstuvo de generar el embargo dada la naturaleza inembargable de los recursos”


"Banco BBVA “se abstuvo de generar el embargo dada la naturaleza inembargable de los recursos”"

Fuente: Diario del Norte

"Informó la entidad financiera al Comité de Orden Público de La Guajira. Banco BBVA “se abstuvo de generar el embargo dada la naturaleza inembargable de los recursos”"


Rosmery Lucila Sánchez Henríquez, Gerente de la sucursal Riohacha Centro BBVA Colombia, atendió la solicitud del Comité de Orden Público de La Guajira para conocer si los recursos del Fondo de Seguridad Territorial serían embargados tras la sentencia 080-20 proferida por el Juzgado Primero Promiscuo del municipio de Hatonuevo.

En la contestación, la Gerente afirma que “La Guajira apertura en el banco la cuenta corriente denominada Fondo Territorial Seguridad y Convivencia.

El día 17 de Enero del 2020 el tesorero del Departamento, aportó al banco la certificación de inembargabilidad de la cuenta, informando de esta manera sobre la naturaleza de los recursos”.

Sin embargo, indica que “la mencionada cuenta fue embargada de conformidad con las órdenes emitidas por la Universidad de La Guajira, dentro de los procesos de cobro coactivo de matrículas de los estudiantes correspondientes al primer y segundo periodo académico del 2016 y segundo periodo académico del 2017”. 


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Además, dijo que “al respecto, la actuación del banco se rigió por las disposiciones legales vigentes, en particular por la circular básica jurídica (circular externa 029 del 2014) emitida por la Superintendencia de Colombia, máximo organismo de vigilancia y control de entidades financieras, así como por las disposiciones que sobre la materia contempla el Estatuto Tributario, el artículo 684 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 593, 594 y 597 del Código General de Proceso, según corresponda”.

Asimismo, BBVA informó que se abstuvo de generar el embargo teniendo en cuenta que los recursos eran inembargables.

“En el caso específico de la cuenta informamos que la Universidad de La Guajira ordenó el embargo de manera específica mediante comunicaciones emitidas los días 16, 21, 27 y 30 de Enero del 2020. El banco al recibir estas comunicaciones se abstuvo de generar el embargo dado la naturaleza inembargable de los recursos y remitió a la entidad embargante la certificación de inembargabilidad presentada por el cliente. No obstante, la universidad reiteró el embargo de la cuenta de manera específica a través de los oficios de fechas 19 de Febrero y 3 de Marzo, además de solicitar en varias oportunidades la constitución del depósito judicial de los dineros retenidos”, acotó.

En ese sentido, indica el comunicado de la entidad financiera que “en razón a lo anterior, y en cumplimiento del fallo de tutela proferido, el banco procedió con la constitución del depósito judicial. En virtud de lo expuesto, frente a la comunicación de la referencia, en que ampliamente nos exponen la inembargabilidad de la cuenta, informamos que es a la entidad ejecutada a quien corresponde interponer los recursos pertinentes ante las autoridades competentes para obtener el levantamiento de las medidas de embargo; esto puesto que el banco como destinatario de una orden de embargo no le es posible controvertir la medida y por lo contrario se encuentra en la obligación legal de proceder con su cumplimiento”.

Finaliza el escrito diciendo que “en cuanto a la solicitud de que se informe si el banco procedió a impugnar la sentencia, nos permitimos informar que estando dentro de la oportunidad legal el banco presentó el recurso de impugnación, el cual al igual que el estado del proceso, pueden ser consultados en el expediente.

Esto teniendo en cuenta que dentro del trámite de tutela fue vinculada la Gobernación de La Guajira, que en su momento no presentó objeción a la solicitud tutelante”.

Cabe indicar que esta decisión tomada por el Juzgado Primero Promiscuo de Hatonuevo ahora se encuentra a la espera de un fallo en segunda instancia por medio de un superior jerárquico, en este caso, un juzgado del municipio de Hatonuevo.

Por su parte el Comité de Orden Público espera que los recursos del Fonset, destinados a la seguridad del Departamento y en medio de la pandemia, no hayan sido tocados.

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