"Alcalde de Manaure, Juan José Robles Julio" |
Fuente: Diario del Norte
"Por fallo del Tribunal Superior de Riohacha que lo separa del cargo. Alcalde de Manaure advierte de un perjuicio irremediable de sus derechos fundamentales"
Para evitar
la consumación de un daño que genere un perjuicio irremediable de sus derechos
fundamentales, el alcalde de Manaure, Juan José Robles Julio, entregó un
informe detallado del fallo del Tribunal Superior del Distrito de Riohacha, que
lo separa del cargo, a la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva
de la Función Pública, a la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia
y al Gobernador Nemesio Roys Garzón.
En el fallo judicial del Tribunal Superior del Distrito de Riohacha, se revocó la sentencia de primera instancia, se declaró la nulidad de todo el proceso interpuesto por Robles Julio contra el Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira, ordenando al Juzgado Promiscuo Municipal de Maicao que se envíe al Consejo de Estado el expediente que se encuentra actualmente en la Corte Constitucional para su eventual revisión.
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El
mandatario advierte que es claro que el mandato dispuesto en el fallo de tutela
no puede ser acatado materialmente, puesto que la Corte Constitucional continúa
en suspensión de términos para los procesos de eventual revisión.
Por ello,
advierte, que la decisión judicial y en consecuencia el decreto expedido por el
Gobernador causa un grave perjuicio o agravio a sus derechos fundamentales, al
ejecutarse órdenes complejas que están supeditadas a otras órdenes de tutelas
que son de imposible cumplimiento.
“Bajo esa
premisa podría entenderse nulo el trámite surtido en la tutela que promoví si
no puede enviarse al Consejo de Estado para que se reinicie el trámite
correspondiente”, expresó Robles Julio en el documento.
En la
comunicación, Robles Julio entrega un informe detallado de todo el proceso
legal desde el día 4 de Diciembre de 2019, cuando Carlos Andrés Urbina Morales
presentó demanda de nulidad electoral contra su
elección y solicitó como medida cautelar la suspensión del acto
administrativo que declaró su elección como alcalde.
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