"Oficina principal de Aguas del Sur en Villanueva" |
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"Según el cabildante Xavier Guerra Acosta, ponente de la iniciativa, en el primer debate analizaron que el proyecto tenía una gran amplitud en cuanto a las autorizaciones que el Ejecutivo pide"
Las
Comisiones Permanentes de Presupuesto y Gobierno del Concejo de Villanueva
vienen analizando minuciosamente el proyecto 020, por medio del cual se otorgan
facultades al alcalde Luis Alberto Baquero para reorganizar y reestructurar el
esquema de la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado en el
municipio.
Según
el cabildante Xavier Guerra Acosta, ponente de la iniciativa, en el primer debate
analizaron que el proyecto tenía una gran amplitud en cuanto a las
autorizaciones que el Ejecutivo pide.
"Concejal, Xavier Guerra Acosta, ponente de la iniciativa" |
"A
ambas comisiones nos pareció un riesgo con las necesidades del municipio y
queremos tener un manejo y control del proceso de la escogencia del nuevo
operador del servicio de agua y alcantarillado para Villanueva", indicó.
Ante
esto le hicieron unas modificaciones al título, puesto que el anterior era muy
amplio y complejo, además de confuso.
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"Ahora
quedó: por medio del cual se otorgan facultades al alcalde de Villanueva para
iniciar el proceso de restructuración del esquema de prestación de los
servicios públicos de acueducto y alcantarillado en el municipio", dijo.
En ese sentido, el proyecto tuvo otros cambios
referentes a los primeros artículos. "En
el primero se cambiaron algunas palabras: facúltese al alcalde de Villanueva
para iniciar el proceso de restructuración del esquema de prestación de
servicios públicos de acueducto y alcantarillado, a través de un esquema
empresarial que sea viable para el municipio”,
aseveró.
De
igual forma, el segundo quedó. “Las autorizaciones otorgadas permitirán al
municipio participar en el esquema de la prestación de los servicios de agua
potable y saneamiento básico que se defina como resultado del proceso de
restructuración que se adelanta para los municipios de Barrancas, Distracción,
El Molino, Fonseca, Hatonuevo, San Juan del Cesar y Villanueva, ya sea a través
de la participación del municipio en la constitución de empresas de servicios
públicos domiciliarios o bajo esquema regional".
A
este se le agregó un parágrafo que señala que dicha autorización "no
implica la entrega bajo ninguna figura jurídica de la prestación de los
servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico, en caso
de necesidad, inconveniencia, entregar en concepción u otra figura jurídica, a
un tercero; ello deberá ser autorizado por el Concejo municipal mediante
acuerdo".
El
tercer artículo específico que el alcalde de Villanueva "está obligado de
garantizar la prestación de los servicios hasta cuando se logre la plena
implementación del nuevo esquema de operación de los servicios antes mencionados”.
El cuarto, por su parte, autoriza al burgomaestre para adelantar las gestiones necesarias para la finalización del esquema de prestación actual en Villanueva, del cual hace parte la empresa Aguas del Sur.
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