"El exgobernador de La Guajira Juan Francisco Gómez" |
En el segundo cargo, la Procuraduría dice que el mandatario permitió que se adelantara la licitación pública y faltó al principio de planeación. “Debió ser rigurosa la planeación de esta contratación por parte del gobernador”.
Según González, en el primer cargo, “calificar la propuesta como hábil no dependió del gobernador sino del Comité Evaluador”.
La defensa aseguró que la evaluación se cumplió en los parámetros que permitían la calificación de la propuesta. “La obligación de los miembros del Comité era confrontar los requisitos del pliego, la propuesta y emitir concepto sobre este. No podía tener injerencia el gobernador”.
González recordó que la Procuraduría ha dicho que el Comité de Evaluación cumple una función vital de la cual se deriva la transparencia y selección del contratista.
“El Comité Evaluador no da un concepto vinculante pero sí condiciona. Sus recomendaciones no pueden ser obviadas, lo que significa que tiene un peso y Gómez no podía apartarse de las recomendaciones”, agregó en la audiencia.
Aseguró que ninguno de los miembros del Comité advirtió que se estuvieran infringiendo los principios de contratación estatal y, en consecuencia, menos podía advertido Gómez.
“No hay acto imputable al gobernador. Él no hizo nada respecto ese concepto. Él no advirtió nada porque nadie se lo advirtió a él”, señaló.
Según González, cuando llega el expediente a la oficina del gobernador, este lo único que podía hacer era confiar. “No pueden imputarle omisión impropia. Quien tenía la posición de garante era el jefe de la Oficina de Contratación que debía informar si encontraba alguna irregularidad. Demuestra que el gobernador no tenía por qué analizar en detalle si no existían condiciones que le permitieran desconfiar de los procedimientos que se habían llevado con apego a las disposiciones legales”.
El abogado concluyó, en el primer cargo: “La responsabilidad para el jefe de una entidad deviene por dos causas. La primera haber infringido la ley. Y la segunda, no haber ejercido la vigilancia y control sobre el desfalco. El gobernador no puede ser declarado responsable del primer cargo”.
En el segundo cargo, que es por la supuesta falta de planeación, dijo que “al principio me puse en alarma. Lo que hicieron no era lo planeado. Pero creo que la Procuraduría se apresuró en elevar un pliego de cargos, por falta de comprensión de las condiciones técnicas de este tipo de obra”.
“No hay fundamento para formular este cargo. Quien ejecuta la obra, bajo juramento, dijo que no encontró irregularidad en el pliego de condiciones. Ello no implica que haya demoras o costos adicionales. Vamos a sitios de obras, comenzamos y se replantea, se toma tiempo porque no coinciden los estudios. Si lo hacían como lo habían pensado habría sido un fracaso”, agregó.
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