16 de octubre de 2026

En el marco de la "Paz Energética". Procuraduría evidencia riesgos en el contrato suscrito por Air-e y la empresa china (CMC)

El Ministerio Público adelanta seguimiento preventivo al acuerdo suscrito con China National Machinery Exports and Imports Corporation (CMC), con el fin de identificar posibles riesgos financieros y operativos para la empresa y la prestación del servicio de energía.

La Procuraduría General de la Nación adelanta un seguimiento preventivo al contrato suscrito por Air-e S.A.S. E.S.P. con la compañía china China National Machinery Exports and Imports Corporation (CMC), cuyo valor asciende hasta los $2 billones, en el marco de la estrategia denominada ‘Paz Energética’.

La revisión se desarrolla a través de la Mesa Integral de esta estrategia, donde el organismo de control analizó el contrato, sus anexos y la documentación recopilada, luego de formular requerimientos a Air-e y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Según la Procuraduría, el análisis permitió identificar aspectos que requieren especial seguimiento debido a sus posibles efectos financieros y operativos sobre la empresa intervenida y la continuidad en la prestación del servicio de energía eléctrica.

Asimismo, el Ministerio Público examina las actuaciones de los agentes especiales Edwin Palma Egea, Diana María Bustamante Rueda, Nelson Javier Vásquez Torres y Jaime Humberto Mesa Buitrago, este último firmante del contrato con CMC el 19 de agosto de 2026.

El propósito de esta revisión es reconstruir la trazabilidad de la negociación, establecer la participación y las decisiones adoptadas durante las diferentes administraciones e identificar posibles responsabilidades y riesgos asociados con la estructuración y suscripción del acuerdo.

La Procuraduría señaló que mantendrá la vigilancia preventiva y el control de gestión sobre Air-e, el contrato y las decisiones que se adopten frente a la empresa intervenida.

Con este seguimiento, el organismo de control busca anticiparse a posibles riesgos que puedan comprometer la estabilidad financiera y operativa de la compañía, así como la prestación del servicio público de energía eléctrica a los usuarios.

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