22 de enero de 2025

Fue aprobado el artículo 20 del umbral de cotización. Reforma Pensional ha sido aprobada en más del 50% en Comisión de Cámara de Representantes

 En la Cámara de Representantes se reanudó el debate por la reforma pensional. En la Comisión VII de la corporación se han aprobado 69 artículos, definiendo el texto que tendrá que presentarse a plenaria. Entre los artículos aprobado ayer, se dio aval al artí- culo 21 tal como estaba en la ponencia original. Este defi- ne el porcentaje de cuánto se le descontará a las pensio- nes para cotización obligatoria, y manda a las pensiones más altas que aporten un monto de su pensión que contribuyan un aporte extra al fondo de solidaridad pensional. La cotización al Pilar Contributivo será del 16% del Ingreso Base de Cotización. Los empleadores pagarán el 75% de la cotización total y los trabajadores el 25% res- tante. Los pensionados que reciben una mesada supe- rior a diez salarios mínimos legales mensuales vigentes y hasta veinte contribuirán al Fondo de Solidaridad Pensional para la Subcuenta de Subsistencia. El aporte será del 1% para los que devengan hasta veinte smlmv y del 2% para los que ganan más. Se aprobó también el artículo 20, el cual es el más disputado en la reforma, que establece el umbral de cotización a Colpensiones. En el texto aprobado en la Comisión VII de Cámara establece que los afiliados que tienen ingresos entre 1 y 2.3 salarios mínimos legales mensuales vigentes deben cotizar al Componente de Prima Media, administrado por Colpensiones. Por encima de este umbral (más de 2.3 salarios mínimos legales mensuales vigentes), las cotizaciones adicionales se destinan al Componente Complementario de Ahorro Individual, como los Fondos Privados.

Se continúa la discusión en la Comisión VII en la Cámara de Repre- sentantes, donde se espera que esta misma semana sur- ta su tercer debate.

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