"Radican concepto de respaldo ante Juzgado en Bogotá. Organizaciones Internacionales salen en defensa del Arroyo Bruno"
Fuente: Diario del Norte
"Radican concepto de respaldo ante Juzgado en Bogotá. Organizaciones Internacionales salen en defensa del Arroyo Bruno"
"Radican concepto de respaldo ante Juzgado en Bogotá. Organizaciones Internacionales salen en defensa del Arroyo Bruno"
Ante el
Juzgado 20 de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, las organizaciones
ABC Colombia y Colombian Caravana, compuesta por juristas de Londres, radicaron un concepto de
respaldo en condición de intervinientes dentro del proceso que surtió ante la
Corte Constitucional del que se dictó sentencia por la desviación del arroyo
Bruno.
En tal sentido, se precisa que el desvío del afluente constituía una violación a los derechos fundamentales al agua, la salud y la seguridad alimentaria de los miembros de las comunidades Wayuu de Paradero y la Gran Parada, e indicó que los demandados debían remediarlo mediante la ejecución de diversas órdenes.
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El documento
tiene por objeto apoyar a la autoridad judicial en la determinación de las cuestiones
del caso, a través del abordaje de las normas y estándares del derecho
internacional humanitario y del derecho ambiental Internacional más relevantes.
“No se
aborda el marco jurídico nacional ni el fondo de la reclamación subyacente”, se
indica en el documento.
A renglón
seguido, dice que está estructurado en tres partes: el derecho a un medio
ambiente sano y su relación con los derechos al agua, alimentación, salud y
cultura, incluyendo el respeto por los pueblos indígenas en virtud de las
normas de derechos humanos.
También se
plantea los derechos de los pueblos indígenas a la consulta previa y al consentimiento
libre, previo e informado, en virtud de las normas de derechos humanos.
De acuerdo
al colectivo de abogados, Iván Alvear, las organizaciones internacionales radicaron
el documento donde plantean la necesidad de brindar una protección efectiva de los
derechos al agua, soberanía alimentaria y salud a las comunidades Wayuu por la desviación
del arroyo Bruno por parte de la empresa Cerrejón.
Los juristas
extranjeros se refieren básicamente a la aplicación del principio de precaución
ambiental para que se conceda la medida provisional en favor del retorno de las
aguas al cauce natural.
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