27 de noviembre de 2020

Iniciativa del Representante Alfredo Deluque. Aprueban proyecto que moderniza la legislación laboral y crea la modalidad del Contrato de Trabajo remoto


"Iniciativa del Representante, Alfredo Deluque"

Fuente: Diario del Norte


"Aprueban proyecto que moderniza la legislación laboral y crea la modalidad del Contrato de Trabajo remoto"

La iniciativa de autoría del representante a la Cámara por La Guajira, Alfredo Deluque Zuleta, fue radicada en el mes de Agosto del año 2019 y es pionera en regular la modalidad de trabajo remoto que busca, entre otras reglas de aplicabilidad, suprimir las barreras que impiden formalizar las relaciones laborales que hoy en día no cuentan con las garantías y el reconocimiento de los plenos derechos que surgen por la prestación de un servicio.

Esta nueva modalidad de trabajo, que será aplicable a las entidades públicas del orden Nacional y privadas; y a su vez, a las empresas extranjeras que contraten trabajadores que se encuentren dentro del territorio Nacional, contempla que toda la relación laboral desde su inicio hasta su terminación, se debe realizar de manera remota, mediante la utilización de tecnologías existentes y nuevas, por lo que el empleador y trabajador, no interactúan físicamente a lo largo de la vinculación contractual.


Nuestro aliado comercial



“La mayor apuesta de la iniciativa es el impulso a la creación de nuevos empleos y mejorar con ello la tasa de ocupación de nuestro país, generando procesos ágiles y modernos en la vinculación laboral, contemplando incluso, el consenso en la jornada para que esta pueda distribuirse por horas en la semana y brindar con esto, la oportunidad al trabajador para dedicarse a otras actividades con las plenas garantías sobre su remuneración justa y seguridad social”, explicó Deluque Zuleta.

Indica esto entonces que el trabajador remoto puede decidir en consenso con el empleador, cuánto tiempo y en qué momento presta sus servicios, sin desconocer la jornada mínima y máxima legal y con ello, los derechos y garantías irrenunciables a que hay lugar.

No hay comentarios: