"Cómo se puede beneficiar de amnistía a deudores de multas de tránsito" |
"Senador Horacio José Serpa, ponente del proyecto de Ley" |
Fuente: El Tiempo
"Cómo se puede beneficiar de amnistía a deudores de multas de tránsito"
El Senado
aprobó en cuarto y último debate una amnistía para deudores de multas por
infracciones de tránsito. El Senador Horacio José Serpa, ponente del proyecto
de Ley explica sus alcances.
¿A quiénes beneficia esta amnistía?
Está
dirigida a todos los colombianos que tengan pendientes el pago de multas por
infracciones de tránsito cometidas del 31 de Mayo del 2020 hacia atrás.
¿Cuáles son los beneficios?
Quienes se acojan a la amnistía tienen derecho a un descuento del 50 por ciento de la deuda total y del ciento por ciento de los intereses.
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¿Hay algún requisito para acceder a este beneficio?
No, ninguno,
no se exigirá hacer cursos pedagógicos para obtener los descuentos.
¿Qué debe hacer un deudor para acogerse a la amnistía?
Debe
suscribir el acuerdo con el organismo de tránsito antes del 31 de diciembre de
2020.
El acuerdo
de pago permite facilidades para que la gente no tenga que pagar en una sola
cuota sino en varias. El acuerdo tiene un plazo de un año a partir de la fecha
de la suscripción del mismo.
¿Qué pasa si un deudor moroso incumple el acuerdo o se atrasa en las cuotas?
Pierde el
beneficio y deberá pagar la totalidad de la deuda, descontando los pagos que
haya hecho.
¿La amnistía es para todas las infracciones de tránsito?
No. No
pueden acceder a los beneficios los conductores que hayan sido multados por
infracciones por conducir en estado de embriaguez o bajo el efecto de
sustancias psicotrópicas.
¿Cuándo empieza a regir la Ley?
Hoy se hará
la conciliación entre los textos aprobados en la Cámara y el Senado. Una vez
aprobada pasa a sanción presidencial para convertirse en Ley.
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