27 de julio de 2017

Pronunciamiento ante inconformidad expresado en La Guajira. Licencia ambiental otorgada en La Guajira solo es para exploración: - ANLA -

"El proyecto conocido como Área de Perforación Exploratoria Minera RC9, pretende identificar potenciales reservas de hidrocarburos (gas)"

Fuente Diario del Norte


"El proyecto conocido como Área de Perforación Exploratoria Minera RC9, pretende identificar potenciales reservas de hidrocarburos (gas)"

La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA –, precisó los alcances de la licencia ambiental otorgada a – Ecopetrol – para la exploración de hidrocarburos (Offshore) en el mar Caribe, al frente del departamento de La Guajira y que ha causado inquietudes por parte de las autoridades locales, gremios y dirigentes políticos.

Según la – ANLA –, la licencia para el proyecto conocido como Área de Perforación Exploratoria Marina RC9, tiene como objetivo la identificación de potenciales reservas de hidrocarburos (gas). El proyecto se encuentra en la etapa exploratoria y se investiga la viabilidad técnica y económica de una posible explotación.

La actividad de perforación para el pozo Molusco tendría una duración de tres meses. Es por eso que de momento, como lo dice la licencia ambiental otorgada – para el desarrollo del proyecto de perforación marina, la empresa no contempla efectuar construcciones civiles ni intervenciones directas de ningún tipo, debido a que la infraestructura existente en la zona costera cuenta con capacidad suficiente para los requerimientos de bienes y servicios –.

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La construcción de la nueva infraestructura o la utilización de la ya establecida en el departamento de La Guajira, estaría sujeta a los resultados que arroja la etapa exploratoria del proyecto.

La licencia ambiental entregada por la – ANLA – es clara en afirmar que la infraestructura que se use tanto en la etapa de exploración, debe contar con planes de manejo ambiental ajustados a la reglamentación actual.

Para otorgar la licencia ambiental de exploración, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales tuvo en cuenta los siguientes aspectos, entre otros:

-         La participación de la comunidad. Por consiguiente ha impuesto a la empresa una seria de exigencias encaminadas a que sean las comunidades afectadas las actoras principales en el proceso de evaluación y determinación de los impactos ambientales.

-         Ecopetrol tuvo en cuenta los impactos ambientales que podrían incidir sobre el sistema económico y cultural de las poblaciones indígenas ubicadas en la zona de influencia del proyecto y también de la comunidad no indígena y los pescadores artesanales.

-         El área del proyecto, según el – Incoder –, “no se cruza o traslapa con territorios legalmente titulado o resguardos indígenas ni con títulos colectivos pertenecientes a comunidades negras o afrodescendientes”. – Ecopetrol – también entregó las actas de protocolización de la consulta previa.

-         La licencia ambiental otorgada manifiesta que el agua del proyecto no reporta niveles de contaminantes. 

-         El estudio de impacto ambiental presentado por la empresa no ha reportado para el área del proyecto la presencia de ecosistemas estratégicos marinos, como arrecifes de coral, manglares y pastos marinos.

-         El proyecto considera el tratamiento de las aguas residuales domésticas e industriales, incluyendo además el manejo de los residuos sólidos como peligrosos, que genera su desarrollo. También tiene en cuenta las actividades y los equipos que provocan emisiones.

-         La empresa también presentó un plan de contingencia, el cual tiene como fin definir pautas para el manejo de emergencias.

  

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