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| "Gobernadora de La Guajira, Oneida Pinto Pérez" |
Tomado por Diario del Norte
"Daza Cuello afirmó que Oneida Pinto dimitió del puesto de alcaldesa del municipio de Albania el 21 de Julio del 2014, día en que se expidió el decreto en la que la Gobernación aceptó la renuncia"
Tras
la realización de la audiencia donde se dilucidaría la situación de la Gobernadora
de La Guajira, Oneida Pinto Pérez, ante una presunta inhabilidad, el abogado de
la mandataria departamental Roberto Daza Cuello, manifestó que “Oneida Pinto se
encuentra serena y confiada del resultado de esta vicisitud”, pues es consiente
que su elección fue transparente, y que la supuesta inhabilidad es una
imposibilidad.
Para
el jurisconsulto, el argumento del demandante carece de legitimidad, pues lo
sustenta a partir del régimen de inhabilidad de la “Ley 617 del 2000, la cual
fue derogada por la Ley 1475 del 2012”, que modifica el tiempo por el cual un
aspirante a un cargo público tiene que cumplir después de terminar con el
puesto al que fue escogido, es decir, “de 24 a 12 meses”, además que la “inhabilidad
no se mira desde el punto de vista de la inscripción sino de la elección”.
Daza
Cuello afirmó que Oneida Pinto dimitió del puesto de alcaldesa del municipio de
Albania el 21 de Julio del 2014, día en que se expidió el decreto en la que la
Gobernación aceptó la renuncia.
Desde
esta premisa, la mandataria departamental cumplió con los 12 meses que exige la
Ley para aspirar a otro cargo público.

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