5 de abril de 2016

A través de un fallo. Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira ratificó a Alexander Sánchez como Concejal de Villanueva

"Concejal de Villanueva, Alexander Sánchez Cardona"
"Carlos Daza Díaz, apoderado del demandante Carlos Díaz Córdoba"
Tomado por Diario del Norte

"Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira negó las pretensiones de una demanda en la que se señalaba al actual Concejal de Villanueva, Alexander Sánchez Cardona, de haber incurrido en una doble militancia"


Durante una audiencia de única instancia realizada el pasado 31 de Marzo, en las instalaciones del Palacio de Justicia de Riohacha, el Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira negó las pretensiones de una demanda en la que se señalaba al actual Concejal de Villanueva, Alexander Sánchez Cardona, de haber incurrido en una doble militancia.

Con la decisión de los Magistrados, y acorde a lo manifestado por la agente del Ministerio Público presente, no existía ningún caso de doble militancia, en que se haya visto inmerso el Concejal, razón por el cual el fallo se tradujo en ratificar al cabildante antes mencionado, como miembro de la Corporación municipal de Villanueva.

Álvaro Rodríguez Bolaños, defensa del Concejal Alexander Sánchez, manifestó que “a él se le acusaba de doble militancia política, es decir, de haber estado simultáneamente en dos partidos: el Centro Democrático y el partido Mais; pero se logró demostrar en el proceso, con pruebas contundentes, que objetivamente él nunca incurrió en esa prohibición de doble militancia, pues oportunamente, no solo renunció al Centro Democrático, sino al aval que este le había otorgado para inscribirse como candidato al Concejo por el municipio de Villanueva”, explicó el jurista.

Una vez leído el fallo y teniendo en cuenta los alegatos presentados con anterioridad en la audiencia, Carlos Daza Díaz, apoderado del demandante Carlos Díaz Córdoba, quien pretendía ganar la curul del Concejo de Villanueva por los estrados judiciales, estuvo en concordancia con los magistrados al especificar que sí hubo una falta por parte del partido, pero que, tal como lo manifestó el Tribunal, no era de su competencia el juzgamiento.

“La renuncia al partido Centro Democrático y con posterioridad la afiliación al partido Mais, discutíamos nosotros que no era posible que el Mais hubiese otorgado el aval el mismo 22 de Julio, porque su propia reglamentación establece que quienes aspiraran a ser avalados debían presentar la documentación y la solicitud, máximo hasta el 20 de Mayo del 2015, entonces no entendemos cómo el Mais haya otorgado un aval a alguien que solo lo solicitó el día 22 de Julio, es decir con posterioridad a la fecha de cierre”, dijo.

Aunque durante la audiencia no estuvo presente el Concejal Alexander Sánchez Cardona, se pudo conocer que una vez leído el fallo, su apoderado le notificó a través de una llamada telefónica, puesto que este no asistió a la audiencia debido a que presenta problemas de salud.

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