El pasado 9 de febrero la corporación del honorable concejo municipal del municipio de Villanueva sur del departamento de la guajira en cabeza de su presidente Barinia Salas Jiménez da viabilidad al proyecto de acuerdo 003 por medio del cual se conceden facultades al señor alcalde doctor Luís Erasmo Dangond Cuadrado, para firmar contratos del régimen subsidiado hasta el mes de Septiembre del año 2010, el honorable concejo municipal de Villanueva la guajira, en uso de sus facultades legales, y en especial las conferidas en el articulo 313 de la constitución nacional y la ley 136 de 1994, ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios.
Acuerda en el artículo 1. Facultase al señor alcalde municipal de Villanueva la guajira firmar contratos administrativos e interadministrativos con el régimen subsidiado hasta el año 2010, para comprometer vigencias futuras y realizar adiciones presupuestales al sistema de régimen subsidiado en salud, si hubiera la necesidad para cumplir con lo establecido por la ley.
Articulo 2. El término de las facultades del presente acuerdo será hasta el día 30 de Septiembre del año 2010.
Articulo 3. El señor alcalde enviara al concejo municipal dentro de los dos (2) días siguientes a su celebración fotocopias de los contratos, convenios y acuerdos a que suscriba en desarrollo de las facultades aquí conferidas.
Articulo 4. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y publicación.
La constitución política de 1991 establece, en el artículo 311, que el municipio como entidad fundamental de la división política Administrativa del estado le corresponde la prestación de los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo integral de todos los habitantes de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes, cumplir las demás funciones que asigne la constitución y la ley, teniendo en cuenta que las atribuciones que le confiere la ley a los alcaldes, esta la de garantizar los recursos que ingresen al municipio por concepto del régimen subsidiado los cuales propende el bienestar de la comunidad.
Garantizar un servicio esencial para lo cual se hace necesario otorgarle al señor alcalde municipal, facultades conducentes a mejorar y a garantizar el buen servicio a través de la firma de contratos del régimen subsidiado hasta Septiembre del 2010, facultades para comprometer vigencias futuras, realizar adiciones presupuestales si esto fuese necesario para garantizar el cumplimiento que por ley demanda la nación para la administración de este régimen subsidiado, para cumplir con lo expuesto, es imperativo que el ejecutivo municipal este debidamente autorizado por el concejo municipal de Villanueva para, en lo sucesivo, adelantar todas las gestiones inherentes al inicio y la culminación de procesos contractuales.
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Después de haber escuchado al secretario de salud del municipio doctor Carlos Alberto Romero Dangond hicimos el respectivo estudio del proyecto de acuerdo 003 para firmar contratos con el régimen subsidiado donde obedece que el municipio de Villanueva el ano pasado envió a nivel nacional lo que fue la base de datos del régimen subsidiado y la contratación para la misma, pero desde aya respondieron que el periodo que ellos estaban colocando debería ser hasta Septiembre del 2010, obedeciendo a esta situación, donde hubo que presentar un nuevo proyecto por parte de la administración municipal y debatirlo nuevamente en esta corporación puesto que Villanueva podía quedar sin el subsidio del régimen subsidiado.
El concejo municipal en este periodo 2009 donde su ponente de este proyecto es el honorable concejal Jorge Mario López cual realizo un estudio esactivo a través de la comisión segunda permanente de gobierno para así estudiarlo donde se le dio aprobación tal cual como lo había bajado el ejecutivo donde lo llevamos al segundo debate en el recinto municipal donde le realizamos unas pequeñas enmiendas a cada uno de los artículo.
Para el primer artículo se le hizo una pequena enmienda donde hablaba de las adiciones presupuestales quedando así dirigidas al régimen subsidiado en salud, para el articulo dos la fecha que colocaban dejaba en el aire 15 días, obedeciendo que en la primera vez hubo problemas por la fecha la cual fue colocada la fecha limite que ellos nos dieron que era el 30 de Septiembre del 2010, en el articulo tercero por proposición de la honorable concejal Oriana Silena Romero Torres se le adiciono a que el señor alcalde debe traer en el termino de los dos días siguientes para la celebración de cualquier contrato o convenio con el régimen subsidiado debe hacerlo llegar a la corporación para su debido estudia donde fu así que aprobamos este proyecto por unanimidad por artículos donde es muy beneficioso para Villanueva ya que se le dan las facultades al señor alcalde para que contrate el régimen subsidiado y así todos los villanueveros puedan gozar del régimen subsidiado en salud expreso la presidenta del concejo municipal Barinia Salas Jiménez.
Acuerda en el artículo 1. Facultase al señor alcalde municipal de Villanueva la guajira firmar contratos administrativos e interadministrativos con el régimen subsidiado hasta el año 2010, para comprometer vigencias futuras y realizar adiciones presupuestales al sistema de régimen subsidiado en salud, si hubiera la necesidad para cumplir con lo establecido por la ley.
Articulo 2. El término de las facultades del presente acuerdo será hasta el día 30 de Septiembre del año 2010.
Articulo 3. El señor alcalde enviara al concejo municipal dentro de los dos (2) días siguientes a su celebración fotocopias de los contratos, convenios y acuerdos a que suscriba en desarrollo de las facultades aquí conferidas.
Articulo 4. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y publicación.
La constitución política de 1991 establece, en el artículo 311, que el municipio como entidad fundamental de la división política Administrativa del estado le corresponde la prestación de los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo integral de todos los habitantes de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes, cumplir las demás funciones que asigne la constitución y la ley, teniendo en cuenta que las atribuciones que le confiere la ley a los alcaldes, esta la de garantizar los recursos que ingresen al municipio por concepto del régimen subsidiado los cuales propende el bienestar de la comunidad.
Garantizar un servicio esencial para lo cual se hace necesario otorgarle al señor alcalde municipal, facultades conducentes a mejorar y a garantizar el buen servicio a través de la firma de contratos del régimen subsidiado hasta Septiembre del 2010, facultades para comprometer vigencias futuras, realizar adiciones presupuestales si esto fuese necesario para garantizar el cumplimiento que por ley demanda la nación para la administración de este régimen subsidiado, para cumplir con lo expuesto, es imperativo que el ejecutivo municipal este debidamente autorizado por el concejo municipal de Villanueva para, en lo sucesivo, adelantar todas las gestiones inherentes al inicio y la culminación de procesos contractuales.
Después de haber escuchado al secretario de salud del municipio doctor Carlos Alberto Romero Dangond hicimos el respectivo estudio del proyecto de acuerdo 003 para firmar contratos con el régimen subsidiado donde obedece que el municipio de Villanueva el ano pasado envió a nivel nacional lo que fue la base de datos del régimen subsidiado y la contratación para la misma, pero desde aya respondieron que el periodo que ellos estaban colocando debería ser hasta Septiembre del 2010, obedeciendo a esta situación, donde hubo que presentar un nuevo proyecto por parte de la administración municipal y debatirlo nuevamente en esta corporación puesto que Villanueva podía quedar sin el subsidio del régimen subsidiado.
El concejo municipal en este periodo 2009 donde su ponente de este proyecto es el honorable concejal Jorge Mario López cual realizo un estudio esactivo a través de la comisión segunda permanente de gobierno para así estudiarlo donde se le dio aprobación tal cual como lo había bajado el ejecutivo donde lo llevamos al segundo debate en el recinto municipal donde le realizamos unas pequeñas enmiendas a cada uno de los artículo.
Para el primer artículo se le hizo una pequena enmienda donde hablaba de las adiciones presupuestales quedando así dirigidas al régimen subsidiado en salud, para el articulo dos la fecha que colocaban dejaba en el aire 15 días, obedeciendo que en la primera vez hubo problemas por la fecha la cual fue colocada la fecha limite que ellos nos dieron que era el 30 de Septiembre del 2010, en el articulo tercero por proposición de la honorable concejal Oriana Silena Romero Torres se le adiciono a que el señor alcalde debe traer en el termino de los dos días siguientes para la celebración de cualquier contrato o convenio con el régimen subsidiado debe hacerlo llegar a la corporación para su debido estudia donde fu así que aprobamos este proyecto por unanimidad por artículos donde es muy beneficioso para Villanueva ya que se le dan las facultades al señor alcalde para que contrate el régimen subsidiado y así todos los villanueveros puedan gozar del régimen subsidiado en salud expreso la presidenta del concejo municipal Barinia Salas Jiménez.
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