El Juzgado 62 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá ha impuesto una sanción al ministro del Interior, Armando Alberto Benedetti Villaneda, por desacato a la Sentencia T-172 de 2019 de la Corte Constitucional. Esta Sentencia protege los derechos fundamentales de 63 comunidades indígenas, incluyendo el pueblo wayuú. El fallo, emitido el 1 de abril de 2025, responde a un incidente de desacato presentado por la Veeduría Ciudadana wayuú – Sülió´ü. El juzgado decidió no sancionar al procurador General de la Nación ni a la defensora del Pueblo, ya que ambos presentaron informes que demuestran su compromiso en el seguimiento de la Sentencia. En contraste, el Ministerio del Interior no presentó informes ni mostró gestiones adecuadas para cumplir con las órdenes de la Corte, lo que llevó al juzgado a considerar que se seguían vulnerando los derechos de las comunidades indígenas. El fallo establece que el ministro deberá pagar una multa equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente, pero esto no lo exime de cumplir con la Sentencia de la Corte. La Sentencia T-172 exigía acciones concretas del ministerio, como estudios sobre solicitudes de afiliación a la Asociación de Autoridades Tradicionales Indígenas Shipia Wayuú y consultas con el pueblo wayuú. Además, se menciona que la Asociación de Autoridades Tradicionales Indígenas Shipia Wayuú ha solicitado medidas cautelares a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en favor de grupos vulnerables dentro de las comunidades wayuú. Esto resalta la importancia y urgencia de proteger los derechos de estas comunidades, que siguen enfrentando desafíos significativos en su reconocimiento y autonomía.
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