9 de febrero de 2021

Renunció a tiempo para aspirar a la Gobernación. Tribunal negó la demanda por causal de inhabilidad contra la elección del Diputado Delay Magdaniel


"Diputado Delay Magdaniel"

"Olimpo Núñez, demandante"

Fuente: Diario del Norte


"Renunció a tiempo para aspirar a la Gobernación. Tribunal negó la demanda por causal de inhabilidad contra la elección del Diputado Delay Magdaniel"

POLITICA: El Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira, negó las pretensiones de nulidad electoral, solicitada por Olimpo Núñez, contra el acto de elección de Delay Magdaniel, como Diputado del departamento de La Guajira.

El acto de elección del Diputado, fue demandado por Núñez, aduciendo que Magdaniel Hernández, se encontraba inhabilitado para aspirar a la Gobernación de La Guajira, toda vez que fue empleado de la entidad territorial desde el 18 de Noviembre hasta el 24 de Octubre del 2018, tiempo en el cual fue designado Gobernador durante los días 30 de Noviembre, 1 y 2 de Diciembre del 2016; 8 y 9 de Diciembre del 2016; 13, 14, 15 y 16 de Diciembre del 2016; 21 y 22 de Diciembre del 2016; y el 2 de Enero al 8 de Enero del 2018.

Además, que el día 22 de Diciembre del 2017, fue nombrado Director de Planeación Departamental hasta el día 24 de Octubre del 2018, fecha en la que le fue aceptada su renuncia al cargo.


Nuestro aliado comercial


De acuerdo a las magistradas, Carmen Cecilia Plata, Hirina del Rosario Meza y María del Pilar Veloza, es claro que constituye un derecho personal el acceso a la curul en las Asambleas departamentales por parte del candidato que siga en voto a quien la autoridad electoral declare elegido en el cargo de Gobernador, es decir, quien ocupe la segunda votación en dicha contienda electoral.

El Tribunal recordó también, que la prohibición de inhabilidad prevista en el artículo 30 numeral 3 de la Ley 617 del 2000 precisa que no podrá ser inscrito como candidato, “Quien dentro de los doce (12) meses anteriores a la fecha de la elección haya ejercido como empleado público, jurisdicción o autoridad política, civil, administrativa o militar, en el respectivo departamento, o quien como empleado público del orden nacional, departamental o municipal, haya intervenido como ordenador de gasto en la ejecución de recursos de inversión o celebración de contratos, que deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo departamento”.

En este caso las elecciones se llevaron a cabo el día 27 de Octubre del 2019, la renuncia como Director de Planeación le fue aceptada al demandado el 24 de Octubre del 2018, es decir, antes de que se cumplieran los 12 meses que alude la norma, razón por la cual, señala que en este caso no se configura la causal de inhabilidad alegada.

No hay comentarios: