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"Jenifer Morón Pinto, expersonera y quien tuteló los derechos fundamentales al debido proceso" |
Fuente: Diario del Norte
"Juzgado ordena al Concejo Municipal de La Jagua del Pilar que siga con el proceso de escogencia del Personero"
POLITICA: El Juzgado Promiscuo de San Juan del Cesar, revocó la decisión del Juzgado Promiscuo de La Jagua del Pilar, que declaró como improcedente el amparo solicitado por Jenifer Morón Pinto, y en su lugar tuteló los derechos fundamentales al debido proceso, vías de hecho y el derecho al trabajo, mientras la Jurisdicción Contencioso Administrativo resuelve de fondo la demanda contra la Resolución 011 del 20 de Abril del 2020.
La acción de tutela fue interpuesta por Morón Pinto contra la mesa directiva del Concejo de La Jagua del Pilar, toda vez que surtidas las etapas para la elección del Personero, fue citada a pruebas el pasado 25 de Enero del 2020 en Valledupar por parte de la Universidad Francisco José de Caldas, de acuerdo al cronograma establecido; y estando en el sitio en la hora especificada para la prueba de conocimiento, fueron informados de la suspensión indefinida del concurso de méritos, a través de la Resolución N°002 del 21 de Enero del 2020, la cual había sido notificada por el Concejo a la Universidad el día 24 de enero de 2020.
El cliente es primero
Sostuvo la
accionante que lo más grave del asunto, es que dicha Resolución por la cual se suspende
indefinidamente el concurso, “careció de publicidad al ser de fecha 21 de Enero
y solo se puso en conocimiento de la Universidad el 24 de Enero, situación que
viola el debido proceso y el principio de publicidad para el concurso de
méritos por parte de la mesa directiva del Concejo de La Jagua del Pilar”.
El Juez, en
sentencia de segunda instancia, ordenó al Concejo de La Jagua del Pilar y a su
mesa directiva para que en el término de 48 horas proceda a dejar sin efectos
la resolución No. 011 del 20 de Abril del 2020, para que se continúe con el
trámite de escogencia de personero para el periodo 2020 – 2024, con los
aspirantes que lograron llegar a la etapa de aplicación de pruebas de
conocimiento y competencia establecida para el día 25 de Enero de 2020.
Trámite que
se debe continuar con la Universidad, previo a reactivación a convenio ya existente
con dicha institución, garantizándose la publicidad y demás garantías
procesales de cada uno de los participantes en las etapas subsiguientes del referido
concurso de méritos, de conformidad con los argumentos expuestos en la parte considerativa
de la sentencia.
Se ordenó
compulsar copia a la Procuraduría para que investigue a la mesa directiva del
Concejo Municipal, y demás concejales que intervinieron en la comisión de
verificación de dicho concurso.
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