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| "Representante a la Cámara por La Guajira para el periodo 2018 – 2021, María Cristina “Tina” Soto de Gómez" |
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| "Juan Loreto Gómez Soto, quien se desempeñó como Secretario de Despacho de la Gobernación" |
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| "Abogado José Manuel Abuchaibe" |
Fuente Diario del Norte
""Temeraria" calificó el abogado José Manuel Abuchaibe la demanda interpuesta por Luis Antonio Soler Gámez ante la Sección Quinta del Consejo de Estado contra la representante a la Cámara por La Guajira para el periodo 2018 – 2021, María Cristina “Tina” Soto de Gómez"
Como
temeraria calificó el abogado José Manuel Abuchaibe la demanda interpuesta por
Luis Antonio Soler Gámez ante la Sección Quinta del Consejo de Estado contra la
representante a la Cámara por La Guajira para el periodo 2018 – 2021, María
Cristina “Tina” Soto de Gómez.
En
comunicación al Consejo de Estado, Abuchaibe pidió que se le reconozca como
tercero para impugnar la acción electoral contra Soto de Gómez.
Cabe recordar
que la demanda tiene como fundamento la supuesta inhabilidad de Soto de Gómez
para ese entonces como participante a la Cámara de Representantes, toda vez que
su hijo, Juan Loreto Gómez Soto, se desempeñó como Secretario de Despacho de la
Gobernación – Circunscripción electoral que coincide con la Cámara de
Representantes – y ejerció autoridad civil e administrativa hasta el 14 de
Septiembre del 2017, y se encuentra en primer grado de consanguinidad razón por
la cual la demandada incurrió en la causal de inhabilidad. Además fue encargado
del despacho del Gobernador de La Guajira y participó en los Ocad que se
realizaron en concurso de la administración departamental.
Inscripciones abiertas
En el
escrito, el abogado afirmó que el demandante lo que busca es que se adicione o
modifique el texto constitucional al que considera se le debe aplicar un término
temporal a la causal 5 de la Constitución (que no está en el texto) y que sea
no menos escrito que el que se aplica para cargos uninominales y las
corporaciones territoriales.
“Estamos
verdaderamente ante una demanda temeraria y desatinada”, sostuvo José Manuel
Abuchaibe, a la vez que agregó que las normas de rango constitucional deben ser
del más estricto cumplimiento y apego por parte del intérprete.
En ese mismo
sentido, el abogado dijo que cuando María Cristina “Tina” Soto de Gómez inscribió
su candidatura no existía una normatividad constitucional o legal que expresara
que estaba incursa en alguna causal de inhabilidad, situación que “el actor quiere
que se haga por interpretación judicial, acomodando sus peticiones a que existe
una discriminación injustificable en las normas actuales, es decir, pretende
que la Sección Quinta asuma las competencias de la rama legislativa y modifique
los textos constitucionales y legales sobre el caso”.
Puntualizó
que otra sorpresa es que el demandante Luis Antonio Soler pretende que se
invalide los votos depositados por la representante Soto de Gómez, “Sin
explicar por qué hay que hacer tal absurdo jurídico”.




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