7 de octubre de 2018

Uno de los inquilinos del inmueble se encadenó para evitar el procedimiento. Luego de 7 años de procesos, Juez ordenó desalojar a familias en dos predios en Villanueva

"El desalojo se cumplió en el predio donde residía el señor Fabio Valero, fallecido"
"Se conoció que durante el proceso de desalojo, los inquilinos de uno de los predios se opusieron al procedimiento, ya que dos adultos mayores se encadenaron como forma de protesta ante la decisión del Juez"

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"Uno de los inquilinos del inmueble se encadenó para evitar el procedimiento. Luego de 7 años de procesos, Juez ordenó desalojar a familias en dos predios en Villanueva"


En acompañamiento de la Policía Nacional y la Comisaria de Familia se llevó a cabo el desalojo en predios de dos familias en el municipio de Villanueva, luego de siete años de proceso.

Cabe mencionar que al lugar también llegó Cristian Torres, quien es abogado y apoderado de la propietaria de los inmuebles, María Lourdes Castro Socarras.

Se conoció que durante el proceso de desalojo, los inquilinos de uno de los predios se opusieron al procedimiento, ya que dos adultos mayores se encadenaron como forma de protesta ante la decisión del Juez, y a la vez manifestaron que la dirección que aparecía en el expediente no correspondía a la nomenclatura de ese inmueble.

Según el abogado Cristian Torres, en dialogó con Villanueva24h señaló que  está es una decisión que fue proferida en segunda instancia por el Juzgado Promiscuo del Circuito de Villanueva, y una segunda decisión proferida por el Juzgado Primero Promiscuo municipal de Villanueva.


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Torres indicó que se trata de dos procesos de reinstitución de inmuebles, en el que los arrendatarios no pagaban sus mensualidades de arrendamiento y debido a esto se procedió a presentar las documentaciones, incluyendo el contrato de arrendamiento, certificado de libertad y tradición, escritura y otras documentaciones lo cual fue una controversia o un litigio que ha tenido toda la seguridad jurídica del caso dado que en el entre tanto en que se encuentra materializando la decisión o los procesos por incumplimiento del contrato de arrendamiento.

Cabe anotar que las personas que se encuentran dentro del interior del inmueble presentaron cada uno en su momento los procesos de pertenencia y argumentaban la posición sobre los inmuebles, indicando que tenían varios años ocupándolos, señaló el abogado apoderado.

Se refirió que estos procesos de pertenencia fueron fallados en primera y en segunda instancia tanto por el Juzgado Promiscuo Municipal como también por el Juzgado del Circuito municipal de Villanueva, procesos que igualmente en su ejecutoria fueron presentados en tutelas ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Riohacha, y en su revisión la Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación Civil donde llegaron ambos procesos los cuales reconocieron como propietaria del inmueble a María Lourdes Castro Socarras y por consecuencia se procedió simplemente a dar por terminado y materializado unas decisiones judiciales que se encuentran en firme en el momento.

Caso de Fabio Valero

En el caso del Señor Fabio Valero, fallecido el presentó y argumento su pertenencia del inmueble ante el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Villanueva, diligencia que se llevaron a cabo y en consecuencia el inquilino presenta una tutela argumentante el debido proceso y en contra del Juzgado Primero Municipal, tutela que fue decidida en primera instancia por el Juzgado Promiscuo del Circuito y en segunda instancia por el respectivo Tribunal, considerando con ambas decisiones, la primera de ella por parte del juzgado del Circuito considero amparar los derechos del debido proceso, decisión que fue apelada por este suscrito y en segunda instancia el Tribunal Superior Judicial de Riohacha da por sentado que el ciudadano no se le vulneraron ningún debido proceso, por lo tanto ordena darle cumplimiento a la sentencia ejecutoriada, y sostuvo que teniendo en cuenta la decisión se procedió a materializar el respectivo desalojo.

Caso de la familia de Sara Abdala     

Cristian Torres también fue puntual en decir que ellos también presentaron su proceso de pertenencia y por parte de nosotros se presentó el proceso de restitución del inmueble y este proceso de pertenencia dentro del proceso tanto de los dos Juzgados decidieron de que los contratos de arrendamiento tenían una total validez y a la persona que represento en este caso a María Lourdes Castro Socarras le asistía su valides y que no tenía la calidad de posesionarios y no más de arrendatario y en consecuencia se decidió no considerar y argumentada las pretensiones presentadas por la familia Abdala que era de que se les reconociera como posesionaria y como consecuencia de ellos se le reconociera la posición y la titularidad del mismo.

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