11 de agosto de 2010

Felices, por mandato de la Ley

Por: Andy Alexander Ibarra Ustariz

El debate está abierto en Brasil, se busca elevar a rango constitucional el derecho a ser feliz. ¡Plop! al estilo de las historias de “Condorito”, más de uno a caído patas arriba al escuchar esta noticia, y no es para menos pues esta iniciativa raya en la estupidez del dictador garciamarquiano (El Otoño del Patriarca) que tanto adoraba a su mamá, como usted a la suya o yo a la mía, que en uso de sus atribuciones legales y constitucionales decidió declararla Santa a través de un Decreto.

No se ría, no ridiculice a los brasileros antes de tiempo, si por allá se toman en serio el reconocimiento del “derecho a ser feliz”, les advierto que están en pañales respecto del caso colombiano. Un derecho fundamental igualmente serio y mágico está claramente previsto en el artículo 44 de la Constitución política de Colombia, la norma a la letra reza: “Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. (…)”.

Sí, no se sorprenda, los niños colombianos son titulares del derecho fundamental al AMOR y existiendo la norma que lo reconoce de forma tan expresa y diáfana, nada impediría que el niño colombiano que no es amado por sus padres, representado por algún familiar cercano, podría válidamente presentar una acción de tutela y buscar que un juez a través de una sentencia judicial tutele su derecho fundamental al amor y ordene que, en un término máximo de cuarenta y ocho (48) horas, el padre o el madre se sirva amar a su hijo. Todo parecería indicar que una vez notificada la providencia, en nombre de la república Colombia y por mandato de la ley, el accionado experimentará un sobresalto del espíritu y sentirá como aflora de lo más profundo de su alma los más sinceros y hermosos sentimientos afectivos por el niño. Y no le queda otro remedio, porque si no cumple con la sentencia de tutela y no ama al infante en el término perentorio señalado, su desacato sería sancionable con arresto hasta de seis meses y multa hasta de 20 salarios mínimos mensuales, en los términos del artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.

Insisto, los reyes del futbol se quedaron en pañales. El artículo 22 de la Constitución de Colombia de 1991 consagra: “La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.” Pues bien, que la carta magna de mi país diga que la paz es un “derecho” no deja de ser anecdótico, pero que además agregue que es un “deber de obligatorio cumplimiento” realmente dan ganas de reír y llorar al mismo tiempo; supongo que siendo un derecho, cualquier ciudadano puede buscar legítimamente que los otros 44 millones de colombianos cumplan con su deber de garantizar la paz, o, mejor aún, algún soñador podría invocar esta norma constitucional para exigir a nuestro Presidente que deje a un lado la solución bélica y privilegie la salida negociada a nuestro conflicto fratricida, con tal de lograr la anhelada paz.

Con toda esta cháchara se pretende dejar en claro lo natural y obvio: un derecho para que sea tal, requiere que su titular cuente con mecanismos efectivos para hacerlos exigibles y hacerlos respetar, lo demás es vulgar letra muerta, como bien ocurre con muchas otras normas jurídicas en nuestro país.

Pero bueno, ya que a muchos de nuestros honorables congresistas les gusta el “copie” y pegue” legislativo, espero con emoción que presenten un proyecto de acto legislativo donde también se reconozca en colombia el derecho a ser feliz, cuando eso ocurra, inmediatamente, como legítimo titular de ese derecho me enfilaría a lograr que a través de una sentencia judicial se garantice mi derecho a la felicidad y, en consecuencia, se disponga que mi familia y mis amigos gocen de buena salud y de un trabajo digno; que mi hijo Andrés Alejandro quien aun se encuentra en el aguazal del claustro uterino, nazca sano y salga futbolista como messi; que mi sobrino Adrian Andrés aprenda a tocar el acordeón; que en mi pueblo Villanueva encuentren un pozo de petróleo; que el Festival “Cuna de Acordeones” dure una semana; que el Junior de Barranquilla quede campeón como mínimo una vez al año; finalmente, que solo me toque trabajar cuatro horas diarias y gane un sueldo de Magistrado de Tribunal, las otras cuatro horas las dedicaría a leer cosas interesantes y a escribir tonterías como esta; al fin y al cabo, tendría derecho a ser feliz y el Estado debe garantizarlo.

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